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institución:TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
 
tipodocumento:BE Autorización de Compra Directa
 

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2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al Oficio No. 15160 30 de octubre del 2006 DCA-3387 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Estimado señor: Asunto: Se concede autorización para realizar en forma directa la contratación de hospedaje y alimentación y la de los tiquetes aéreos para los observadores internacionales que asistirán a las elecciones de alcaldes del próximo 3 de diciembre, por un monto de ¢15.000.000.00 y de ¢28.000.000.00 respectivamente. Damos respuesta a oficio 6324-TSE-2006 de 19 de octubre del 2006, recibido en esta Contraloría General el pasado 20 de octubre, donde solicita autorización para realizar en forma directa la contratación de hospedaje y alimentación y la de los tiquetes aéreos para los observadores internacionales que asistirán a las elecciones de alcaldes del próximo 3 de diciembre. I.- Antecedentes Manifiesta que en la sesión ordinaria celebrada el 5 de octubre, ese Tribunal conoció el oficio 681-C.P.E, suscrito por el Coordinador de Programas Electorales, donde se exponen los requerimientos para la atención de los observadores que asistirán a las elecciones de alcaldes del próximo 3 de diciembre, destacándose la urgencia de contratar el hotel en que puedan hospedarse. Expone que se consideraron varias propuestas y opciones de hoteles: San José Palacio (4 estrellas) $80, Radisson Europa (5 estrellas) $85, y Aurola Holiday Inn (4 estrellas) $85, todas las cotizaciones para habitación sencilla, incluyendo los tres tiempos de alimentación, internet, cena de gala, etc. Agrega que el Hotel Radisson Europa, a pesar de que tiene una categoría de cinco estrellas, sus precios se comparan con uno de cuatro estrellas, además que les ofrece la facilidad de no cobrarles el uso de los salones para montar las oficinas de los observadores DAO, la del TSE (acreditaciones ) y un más para los servicios de seguridad. Además, la ubicación del hotel es más favorable pa ...
Fecha publicación: 30/10/2006
Fecha emisión: 27/10/2006
Documento: 15160-2006.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


PAGE 2 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04368 24 de marzo, 2006 DCA-750 Señor Oscar Fonseca Montoya Presidente Tribunal Supremo de Elecciones Estimado señor: Asunto: Se otorga autorización para modificar el contrato de arrendamiento de local existente entre ese Tribunal y la empresa Kitachi S.A. cédula jurídica 3-101-238000, en la ciudad de Limón, para incluir en dicho arrendamiento el local contiguo. Damos respuesta a su oficio No.1582-TSE-2006 de fecha 15 de marzo del año en curso, mediante el cual solicita a esta Contraloría General autorización para modificar el contrato de arrendamiento de local existente entre ese Tribunal y la empresa Kitachi S.A., cédula jurídica 3-101-238000, en la ciudad de Limón, y en donde actualmente se alberga la sede regional de ese Tribunal. I. Antecedentes de la solicitud: En una primera oportunidad, mediante oficio de fecha 18 de agosto del año pasado, ese Tribunal Supremo de Elecciones solicitó a esta Contraloría General autorización para modificar el contrato de arrendamiento de local que alberga a la sede regional de esa Institución en Limón, ello por cuanto dicha contratación se fundamentó en su momento, en una autorización dada por este Órgano Contralor, y se ha señalado que los contratos originados en una autorización sólo pueden modificarse si se cuenta con otra autorización de igual naturaleza. En esa ocasión, este Despacho denegó la gestión sin detrimento de volver a conocer la solicitud, en la medida en que se cumpliera con las siguientes condiciones: primera, manifestación expresa de la existencia de contenido presupuestario; segunda, que se acredite la información de los locales indagados por el coordinador y que se señala no sirven a la necesidad del Tribunal; tercero, que se justifique la razonabilidad del precio a través del avalúo que así lo determine y donde se deberá establecer con claridad información del local y su estado ...
Fecha publicación: 30/03/2006
Fecha emisión: 27/03/2006
Documento: 04368-2006.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA